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Luego de 4 años, Poder Judicial peruano ordena reintegro de trabajador
Luego de casi cuatro años de tenaz lucha el Poder Judicial ordenó la reposición definitiva del Dirigente Sindical Will Ramos Portilla y el pago del integró de sus remuneraciones y beneficios sociales desde la fecha del despido hasta el momento de su efectiva reposición. El 01 de marzo del 2005 ITETE, empresa contratista de Telefónica, no le permitió el ingreso a laborar al dirigente Ramos, bajo el argumento de que no se le estaba renovando el contrato temporal. El 09 de Febrero del 2005 se comunicó a la empresa y al Ministerio de Trabajo la constitución del Sindicato SUTITETE del cual Will Ramos Portilla era Secretario de Prensa y Relaciones Exteriores. El Juez señala claramente que a lo largo de la relación laboral entre el trabajador y la empresa, que hasta el despido había durado 3 años, 5 meses y 14 días, se celebraron 21 contratos de trabajo, y que la empresa trato de justificar el despido del dirigente en que no tenía suficiente cantidad de ordenes de trabajo emitidas por Telefónica, sin embargo el número de averías realizadas no disminuyó al momento del despido y es más lejos de suspender la contratación de nuevo personal por la supuesta disminución del trabajo siguió contratando nuevo personal, con lo que queda al descubierto que la real motivación del despido del dirigente fue la represalia por su actividad sindical. Resulta muy importante que el Juez al momento de ponderar los derechos fundamentales en conflicto La Libertad Sindical y la Libertad de Empresa, haya determinado que esta última no puede ejercerse ni ser causa suficiente para justificar un despido, por que el mero de acto de renovación de un contrato de trabajo motivado, como quedó demostrado, en una discriminación antisindical no puede ser tolerado por el ordenamiento jurídico, tanto más cuando existen normas nacionales e internacionales que protegen el ejercicio del derecho sindical. Además el Juez llega a determinar que la empresa desnaturalizó la contratación temporal haciendo un uso fraudulento en perjuicio de los trabajadores. Señala la sentencia: “Que, en el contrato celebrado entre Itete Perú S. A. y Telefónica (…), se aprecia que el mismo tendrá un periodo de un año prorrogable tácitamente a 5 años, y que será revisado técnica y comercialmente con periodicidad anual. Como se puede ver, este contrato con Telefónica otorga la posibilidad de que la empresa ITETE pueda contratar sin ningún problema a personal por periodos de por lo menos 1 año. Así, cuando no tenga problemas con el contrato con Telefónica, podrá contratar a su personal por lo menos por un año más. No lo hace así dicha empresa, sometiendo al trabajador demandante a contratos a plazo fijo inferiores todos ellos a un año, lo que hace suponer que tiene en sus manos una facultad permitida por una legislación ineficaz de poder contratar a su antojo a trabajadores, pudiendo con ello también no renovarles el contrato sin que medie motivo aparente causa justa de despido” En tal sentido según la sentencia resulta abusivo que en el caso, ya que el contrato de servicios entre Itete Perú S. A. y Telef6nica, sigue vigente y renovándose cada año, se haya sometido al trabajador a 21 renovaciones de contrato, lo que no hace más que revelar un uso indebido y abusivo del poder empresarial, teniendo como único fin el poder despedir a los trabajadores sin que medie causa objetiva alguna y por el solo hecho de mencionar que no hay renovación del contrato de trabajo. Esto significa sin duda un triunfo contundente de la lucha sindical que vienen desarrollando los trabajadores del sector telecomunicaciones ahora agrupados en el SINTTEL. Contacto: cenise.monteiro@uniglobalunion.org |