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SIELAS saca tarjeta roja a DHL Aero Expreso
El Sábado 4 de Junio del 2011, los trabajadores de DHL AEREO EXPRESO S.A PANAMÁ, en el local de SIELAS (SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA AVIACIÓN CIVIL Y SIMILARES), realizamos una Asamblea General Seccional en donde revisamos los acuerdos obtenidos en los 7 comité de empresa con DHL AEREO EXPRESO S.A PANAMÁ celebrados en el lazo de un año, las violaciones en un año al convenio colectivo y al Código de Trabajo de PANAMÁ por lo que se decidió por votación unánime interponer un pliego de violaciones a DHL AEREO EXPRESO S.A PANAMÁ y casarle una tarjeta Roja a DHL AEREO EXPRESO S.A PANAMÁ y formar parte de la CAMPAÑA RED DE DISTRIBUCION MUNDIAL; ya que DHL es patrocinador del MUNDIAL FEMENINO celebrado en ALEMANIA pero a nivel mundial no respeta los derecho de los trabajadores de DHL . |
El sindicato SIELAS en PANAMÁ solicito a DHL AEREO EXPRESO S.A que les proporcionara a los Mecánicos de Aviación y de Tierra el uniforme completo ya que en la Cláusula nº18 del CCT establece que en el primer trimestre del 2011(Marzo) la empresas DHL AE E dotará a todos sus trabajadores de uniforme llego el mes de Marzo y los trabajadores se quedaron esperando uniforme, pero cuando había visita internacional o inspección el Jefe inmediato del Departamento de mantenimiento le solicitaba a los trabajadores que trajeran la mejor camisa que tuviesen que cinismo. En cuanto a la cláusula nº21 Casilleros individuales los 40 trabajadores de nuevo ingreso; ya que tienen más de dos meses y todavía no le han proporcionado sus casilleros donde guardar sus implementos de trabajos.
Se solicito a la empresa que expandiera el transporte ya que Cláusula nº23 del CCT que establece el transporte “puerta a puerta” de la casa a la empresa y viceversa; a los trabajadores de nuevos ingreso y algunos trabajadores más antiguos que viven el rutas aledañas al Aeropuerto Internacional de tócumen los dejan en puntos medio alegando que el contrato con el contratista DISAR es hasta SAN JUAN PACORA poniendo en riesgo la integridad física de estos trabajadores.
Cláusula nº30 Fuentes de Agua, dispensadores dañados y algunos días se quedaban si agua para beber y reponer las hidratación necesaria para producir a la empresa DHL AE E, en la Cláusula nº40 Renovación de la Licencia de conducir la empresa se negó a pagar a los trabajadores que renovaron licencia en los meses de enero y febrero violando lo establecido en el CCT. En cuanto a las Herramientas de trabajo “Clausula nº41” las cuales los mecánicos de Aviación y Equipo de Tierra han comprado con sacrificio por más de 20 años desde el momento que ingresan a laborar en la empresa DHL AE en franca violación al Código de Trabajo Panameño que en el Artículo 128 nº3 que debe ser proporcionada por la empresa de forma gratuita y buena calidad. En el comité de empresa del 21 de Febrero del 2011 se comprometieron a proporcionar las herramientas en el mes de Abril lo cual no fue así, a pesar que había trascurrido 10 meses de haber pactado el CCT.
Solicitamos el cumplimiento de la Cláusula nº43 Equipo de Seguridad, ya que realizando una inspección nos percatamos que los trabajadores que realizan la función limpieza del parabrisas del avión no contaban con una Correa Anti Caída para realizar su labor y a la vez evitar que los compañero que realizan esta función tuvieran un accidente que lamentar y por la seguridad de los compañeros: se negaron a comprarla alegando que tenían un cinturón para esas tareas, el cual inspeccionamos y manifestamos que no era el adecuado para realizar tan delicada función.
Procedimiento disciplinario Cláusula nº49, la empresa se comprometió producto de una boleta de citación ante el Ministerio de Trabajo de Panamá (MITRADEL) por violación al artículo 128 nº 6 CT del Código de Trabajo que establece entre las obligaciones del empleador guardar el debido respeto a los trabajadores y abstener de maltratar de obra o palabra, en caso del Compañero Irán ,se acordó que se iban a retroalimentar de los deberes y derechos de los trabajadores articulo 126 CT y violando el acuerdo, del comité de empresa del 27 de Abril del 2011 posteriormente la empresa procede a despedirlos.
Cláusula nº62 Clasificaciones de Puestos y Salarios Bases de Ingreso, la empresa no ha creado la posición de Líder, pero sin embargo los trabajadores desempeñan la función por más de 3 años en algunos casos, la empresa se negó a crear la posición alegando que no tenía la aprobación de la regional.
Cláusula nº68 Horarios el sindicato solicito la rotación del personal en el Área de Carga ya que tenemos trabajadores que no han rotado en más de un año, la empresa se negó a rotar en esta área.
Cláusula nº77 Gratificación de Productividad
En cuanto a la gratificación de Productividad es un programa de incentivo a la productividad que su política, los parámetros es de conocimiento de la empresa, alegando que es una política internacional y los trabajadores exigen que los pagos sean en una fecha específica y que no demore tanto tiempo el pago del incentivo de productividad, de igual forma se incluya a los trabajadores de nuevo ingreso los cuales la empresa manifestó que no eran productivos ,y que se extienda este programa para los trabajadores de Carga Airside .
Las Negociaciones iniciaron el 27 de junio en el Mitradel en el departamento de Mediación Colectiva a las 9 a.m, continuando en el Hotel Riande Aeropuerto hasta el viernes 8 de julio del 2011,en la foto podemos ver los luchadores sociales representantes de los trabajadores que defendiendo a toda costa los intereses de los trabajador@s, y demostrando capacidad de negociación y firmeza en sus peticiones. Podemos mencionar de de Izquierda a Derecha al compañero: Luis Ruíz, Nelyn Quiroz, Cristóbal Sousa Secretario de Defensa, Rogelio Cuvillier, Fernando Parfait Activista Encargado del Proyecto, avanzamos en cláusulas como: CL 7 - cumplimiento de la convención colectiva; la empresa DHL AE E se comprometió a cumplir a cabalidad el convenio colectivo, CL18 la Empresa DHL AE E se comprometió a entregar el uniforme de los Mecánicos de Aviación el 20 de Julio y Equipo de Tierra para 20 de Agosto, |
CL21 Los Casilleros Individuales y instalación del tablero del vestidor de los trabajadores para el 30 de Julio, CL30 las dispensadores de Agua para el 30 de agosto remplazaran los dispensadores dañados y mantendrán una reserva en los garrafones de 7 días de agua dentro de la empresa,CL40 la renovación de licencia confeccionaron el listado de los trabajadores que sus funciones habituales son conducir para que les devuelvan el pago de la renovación de su licencia, CL68 horarios se comprometieron cuando la operación lo permita a rotar al personal del turno diurno al nocturno y viceversa.
El 8 de Julio del 2011, transcurrieron los primeros 10 dias de negociaciones que establece el Código De Trabajo (CT) en su artículo 443 que establece que las parte pueden ponerse de acuerdo y solicitar hasta 2 prorroga de 10 dias cada una, con anuencia del conciliador del MITRADEL al no llegar a acuerdo las parte no se solicito prorroga, de igual forma el artículo 446 establece que inician a correr los 20 dias para que los trabajadores ejerzan su derecho Universal que es el DERECHO A HUELGA articulo 475 y 482 podemos mencionar que quedando 4 clausulas o peticiones sin firmar; ya que la propuesta de la empresa no llenaban las expectativas de los trabajadores, quedando (5 CL) cinco cláusulas más importantes: CL 41 Suministro de Equipo; que se refiere a las herramientas de los trabajadores de Equipo De Tierra y Aviación que la empresa esta obligada a proporcionar de forma gratuita y de buena calidad en la cláusula 41 y el art 128 nº3 del CT, CL 49 Procedimiento disciplinario: establece los pasos a seguir para disciplinar a los trabajadores, CL 62 Clasificaciones de puestos y salario base: incluir en el tabulador las posiciones de Líder de Oficina, Bodega, Pesa y Carga que son posiciones que se crearon pero no se han formalizado y quienes la desempeñan desean que se establezcan con su respectivo salario, CL 68 Horarios que establece la rotación de los turnos diurnos y nocturnos de acuerdo a la operación de la empresa, la CL 77 Gratificación de Productividad que tiene que ver con el incentivo de productividad el cual los trabajadores ,realizan todos los esfuerzos para lograr los objetivos ,pero no esta claras las políticas y metas para los trabajadores y los pagos se hacen dilatorios.
El viernes 8 de julio de 2011, como es de costumbre procedimos a reunir ala 9:00pm y 11:00pm los trabajadores de DHL AEREO EXPRESO S.A PANAMA como se ha venido haciendo todos los viernes procedimos a explicarle los puntos y clausulas que habíamos llegado acuerdo y que nos quedaban las 5 cláusulas pendientes 41, 42, 62, 68, 77 y se le informó que de no haber acuerdo, iniciaba el conteo de los 20 dias de declaratoria de huelga y los trabajadores manifestaron que estaban dispuesto por defender sus derechos a llegar a ejercer el derecho irrenunciable que tenemos como medio para lograr las conquista de los trabajadores ;ese apoyo incondicional lleno a las negociadores de regocijo y que teníamos todo el apoyo de los trabajadores y que llegaríamos a la ultima consecuencia de no haber acuerdo en los siguientes dias.
EL 12 de Julio continuamos en el Mitradel la negociación y decidimos presentar la carta de solidaridad enviada por ITF y UNI como apoyo Internacional a SIELAS y a los trabajadores de DHL AEREO EXPRESO EN PANAMA para advertirle a la empresa que no estamos solo y que contábamos con el todo el apoyo de estas dos Organizaciones Internacional que ambas aglutinan a mas de 7 millones de trabajadores del transporte a nivel mundial.
Momento en que le entregamos la carta de apoyo Internacional de ITF y UNI a María Stella Ojeda Gerente Regional de RRHH de DHL AEREO EXPRESO S.A PANAMA. |
Después de entregar esta carta sentimos que ejerció la presión en la empresa para que cambiara su posición y el 12 de Julio a las 4pm llegamos a acuerdo logrando:
Que la empresa pactara la entrega de Herramientas el 30 de Agosto del 2011, Suministro de Equipo CL 41, que cumpliera con el procedimiento disciplinario CL 49 ,en dos meses nos ponemos de acuerdo para clasificar a los Líder de todas las aéreas creadas, en comprometiera en la medida de lo posible a rotar el personal CL 68 y a incluir a los trabajadores nuevos después de un mes de laborar en la empresa y los trabajadores de carga su programa de incentivo y a informarle a los trabajadores la política, metas y resultados cada dos día del incentivo de productividad.
Tenemos que señalar que los logros obtenidos en la negociación fue por el imputad de los negociadores y el apoyo internacional de UNI e ITF
Gracias compañeros.
SIN LUCHA NO HAY VICTORIA.
Fernando Parfait
SIELAS Panamá