Obligación de enviar memorias a la OIT
Se acerca la fecha límite para presentar comentarios ante la Comisión de Expertos sobre Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT (CEACR) conforme al artículo 23 de los Estatutos de la OIT, así que, tal y como se hizo en el pasado, la CSI ha enviado una circular explicando el procedimiento a seguir y su importancia, además de un informe de las discusiones mantenidas en la Comisión de la Aplicación de Normas (CAN) de la 99ª Conferencia Internacional del Trabajo.
Como miembro de la red de DHS queremos animarles a que se aseguren de que su organización envíe comentarios a la CEACR sobre temas de particular importancia para su organización. Sin el aporte de sus organizaciones la Comisión de Expertos no puede proporcionar buenos comentarios, ni tampoco estará en posición de discutir estos casos durante la Conferencia.
Las organizaciones de los trabajadores aportan un gran número de comentarios, pero que en su mayoría consisten en los aportes de los países al informe anual que la CSI envía cada año a la CEACR. Es importante que las centrales nacionales incrementen su participación directa en los mecanismos de supervisión de la OIT.
Con esta actitud presente, les rogamos repasen la lista de Convenios sobre lo cuales su país ha de presentar memorias este año, y envíen comentarios sobre su implementación con relación a los Convenios de mayor importancia para ustedes.
El Departamento de DHS de la CSI ha identificado además varias áreas de especial preocupación:
Negociación colectiva:
Nuevos retos para la negociación colectiva, como la erosión de la relación de empleo y el incremento del empleo precario e informal.
Crisis:
Política de empleo y medidas de seguridad social llevadas a cabo por los Gobiernos en vista de la crisis.
Migrantes:
2010 es el 20º aniversario del Convenio de la ONU sobre la protección de los trabajadores migrantes y sus familias. La CSI está haciendo campaña este año para la ratificación y la implementación efectiva de este Convenio, junto con los Convenios 143 y 97 de la OIT sobre la igualdad de trato de los trabajadores y trabajadoras migrantes.
Trabajo forzoso:
Nuevas y sutiles formas de coerción como consecuencia de la globalización desequilibrada, la creciente individualización, la desregularización de la relación de empleo, la sustitución de contratos, formas modernas de servidumbre por deudas a empleadores, agencias de contratación e intermediarios así como los abusos a raíz de la situación irregular de residencia de los trabajadores migrantes y las horas extras forzosas.
Consulta tripartita, inspección del trabajo y salud y seguridad en el trabajo:
Las organizaciones de los trabajadores siempre insisten en la importancia de estos instrumentos, pero raramente envían comentarios para apoyarlos.
La cooperación por parte de ustedes en esta cuestión permitiría a la CSI presentar ante la CEACR comentarios más amplios y relevantes y ayudar así a fortalecer nuestra labor en la CAN el año que viene.
Saludos cordiales,
Departamento de DHS
htur-l@forum.ituc-csi.org