Chile debe modificar sustancialmente su sistema penitenciario
Santiago. En una serie de sucesos que tuvieron lugar el 8 de diciembre de 2010, se desató un incendio supuestamente intencional en la cárcel San Miguel en Santiago que dejó un saldo de 81 reclusos muertos. Asimismo, según versiones de la prensa, otros 15 reclusos, 5 guardias y 1 bombero habrían sido atendidos por quemaduras. En la cárcel San Miguel habían 1.900 presos, pese a que fue construida para albergar a 1.000. El Presidente Sebastián Piñera y el Ministro de Justicia Felipe Bulnes se refirieron al incendio como una “tragedia” y afirmaron que se iniciaría una investigación minuciosa de los hechos que se produjeron ese día en la prisión.
“La trágica muerte de 81 reclusos no es más que el resultado de la sobrepoblación y de condiciones carcelarias deficientes, dos graves problemas en Chile desde hace años”, afirmó José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “Es crucial que el gobierno chileno priorice realizar una revisión sustancial del sistema penitenciario”.
En 2010, las cárceles de Chile con mayor sobrepoblación albergaban a un promedio de al menos dos presos en espacios diseñados para un único recluso. Informes nacionales sobre derechos humanos, incluido un informe de 2009 de la Corte Suprema sobre condiciones carcelarias, indican que, además de la sobrepoblación, varias cárceles chilenas presentan condiciones deficientes de salubridad, ventilación y nutrición, y carecen de agua potable. Pese a que las condiciones carcelarias propician problemas de salud y favorecen la propagación de enfermedades infecciosas, el acceso a la atención médica en las prisiones chilenas es inadecuado.
Las obligaciones jurídicas internacionales de derechos humanos asumidas por Chile a través de tratados regionales e internacionales exigen que asegure el trato humano de los reclusos y que se respete su dignidad. Esto implica adoptar medidas para garantizar que las condiciones de detención no sean degradantes y que los presos tengan acceso adecuado a servicios de salud. Los presos no renuncian a todos sus derechos al ingresar a prisión, sino únicamente al derecho a la libertad y otros derechos relacionados que no pueden ejercerse en un ámbito de reclusión.
Un informe dado a conocer en marzo por una comisión de revisión carcelaria designada por el gobierno señala que los problemas existentes se deben a demoras en la construcción de nuevos establecimientos, la necesidad de acelerar el procesamiento de los casos penales, la aplicación de políticas que promueven penas más severas y la falta de desarrollo de alternativas efectivas a la prisión.
La imagen: Un preso en la cárcel pública de San Miguel, después de que un incendio en el edificio terminó con la vida de 81 reclusos.
Fuente: Human Rights Watch