Sindicatos en Colombia ganan querella presentada contra el BBVA
El Ministerio de Trabajo colombiano sancionó al banco BBVA tras comprobar que el pacto colectivo que impuso a sus trabajadores es violatorio de la libertad sindical, razón por la cual le aplicó una multa de 100 salarios mínimos legales ($64.435.000).
La decisión llegó con retraso, ya que la querella fue presentada por los sindicatos bancarios UNEB y ACEB en mayo de 2014 y debería haberse resuelto en septiembre. Sin embargo, los directivos de ambas organizaciones confiaron en que, tras la sanción, el banco replantee el uso del pacto colectivo como estrategia antisindical.
Esta querella contra el BBVA por uso ilegal del pacto colectivo forma parte de las 113 querellas que los Centros de Atención Laboral (CAL) presentaron ante el Ministerio de Trabajo de Colombia a lo largo de 2014. Se logró que todas estas querellas tuvieran control preferente por parte del Viceministerio de Relaciones Laborales.
El BBVA ha utilizado el pacto colectivo para debilitar a los sindicatos, limitar su funcionamiento desestimulando a los trabajadores y, por ende, la desafiliación. De hecho han disminuido su membresía. Hace 8 años, antes de la fusión del BBVA con el banco Gran Ahorrar, el 40% de los trabajadores estaban sindicalizados, hoy la tasa es solo del 22%, con el agravante de que los jóvenes no se están afiliando, no hay renovación.
El otro propósito del pacto es económico: mantener bajos los salarios y los beneficios para los trabajadores, lo que de alguna manera logra poniendo el pacto como techo de la convención colectiva.
Tanto CAL como UNEB presentaron un recurso de apelación a la sanción, ya que consideran es muy baja. El Ministerio aplicó la menor sanción que contempla el artículo 354 del Código sustantivo del Trabajo, por lo que se pide una más disuasoria, como la que contempla el artículo 486 (numeral 2) que modificó la Ley 1610 del 2013, que es hasta por 5 mil salarios mínimos. Sin embargo el Ministerio de Trabajo se rehúsa a usar este artículo para los casos que tienen que ver con libertad sindical.
Respecto al pacto colectivo el Ministerio no puede ir más allá de la sanción. Éste solo se puede desmontar por la vía ordinaria, o sea por fallo de un juez laboral, o cuando voluntariamente la empresa decide desmontarlo. Porque la otra vía, en el caso del BBVA, es que cualquiera de los dos sindicatos que allí tienen asiento logre afiliar a más de la tercera parte de sus trabajadores, caso en el cual el pacto no puede coexistir, ya que la convención colectiva se extendería a todos los trabajadores, incluidos los no sindicalizados.
En lo que queda de este 2015 se presentarán unas 100 querellas más por uso ilegal del pacto colectivo.
El pacto es ilegal, dice el Ministerio. En el folio 9 de la resolución sancionatoria del Ministerio se lee que el BBVA promovió desde un inicio los cambios a introducir en lo que era antes el pacto colectivo de Granahorrar, y lo hizo mediante una encuesta que fue promovida y pagada íntegramente por el banco.
Después, supuestamente, convocó a los y las trabajadoras para que escogieran a sus "delegados", y con ellos procede a la elección de otros " representantes", con los que en un tiempo no determinado en el texto del pacto se supone que se lograron los acuerdos para construir el mismo. Es decir, desde su misma constitución el pacto estaba viciado.
En su resolución, el Ministerio ratifica la existencia de una diferencia entre los beneficios que el banco ofrece en la Convención Colectiva y los que ofrece en el Pacto, que están por encima. Por ejemplo, a los trabajadores sindicalizados sólo se les brinda préstamos para bachillerato, mientras que a los beneficiarios del Pacto se les brinda préstamos para posgrados. Por concepto de maternidad a las trabajadores el Pacto les otorga dos horas para lactancia, mientras que en la Convención Colectiva es solo una, lo que sin duda constituye una discriminación.